APUNTE.COM.DO.- La decisión del Tribunal Supremo de España de suspender cautelarmente la inscripción en el Censo de Españoles Residentes Ausentes (CERA) de las personas que obtengan la nacionalidad española mediante la disposición adicional octava de la Ley de Memoria Democrática, conocida popularmente como la “Ley de nietos” porque abarca el período en que muchos se exiliaron durante la Guerra Civil y la dictadura franquista, ha provocado una gran conmoción en España.

¿Por qué? Hasta que se dicte una sentencia firme, la decisión de la sección cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de ese tribunal implica que los beneficiarios de la nacionalidad por esta vía, tanto quienes ya la han obtenido como quienes tienen su expediente en trámite, no podrán votar en los próximos comicios que se convoquen.

“Hay mucha incertidumbre”, declaró a CNN Nathaly Alviarez, directora del despacho de abogados VCA Firm, desde donde han tramitado decenas de nacionalidades al amparo de esta ley aprobada en 2022.

Solo conservarán ese derecho quienes cuenten con una certificación acreditativa consular de que son hijos o nietos de españoles “que hubieran sufrido exilio por razones políticas, ideológicas o de creencia o de orientación de identidad sexual y que hubieran perdido o renunciado a la nacionalidad española”, según establece el auto judicial.

Los más angustiados, según Alviarez, son aquellos que todavía tienen su proceso de nacionalidad en curso, ya que, a falta de sentencia firme, desconocen el alcance que tendrá la medida. Otros no saben si deberán presentar más documentación para completar su expediente, como por ejemplo “acreditar esa condición de exiliado”.

Eso puede resultar complicado, señala Alviarez, sobre todo entre muchos de sus clientes de Venezuela, porque “estamos hablando de años en que prácticamente no hay registros”. “La mayoría de la gente llegaba por puertos, entonces los registros se hacían un poco informales”, y muchos de esos registros “se han destruido por el paso del tiempo”.

La suspensión cautelar dictada la semana anterior por el Tribunal Supremo se deriva de los recursos contencioso-administrativos presentados meses atrás por las formaciones políticas Vox y Iustitia Europa. Ambos partidos habían acudido previamente a la Junta Electoral Central (JEC) para solicitar la misma medida, al considerar que el voto CERA de los nacionalizados por la “Ley de nietos” no ofrece el mismo “nivel de garantías” que el exigido para el voto por correo emitido en el territorio nacional.

Una vez que la JEC se declaró no competente para resolver la cuestión, ambas organizaciones recurrieron ese acuerdo ante la justicia.Una mujer pasa frente a la Embajada de España en Buenos Aires el 20 de mayo de 2024.Foto de archivo.