APUNTE.COM.DO- SANTO DOMINGO.RD..– El Banco Central de la República Dominicana (BCRD) afirmó que cumplió con la obligación asumida frente al Consorcio Mendes Junior-Méndez Cabral al entregar los derechos correspondientes a 5,000 metros cuadrados de terrenos del antiguo Aeropuerto de Herrera, y cuestionó la sentencia que le ordena pagar US$5 millones por daños y perjuicios.
La institución fijó su posición mediante un amplio comunicado en el que explica el origen del conflicto, las diferentes actuaciones judiciales desarrolladas durante casi dos décadas y los argumentos por los cuales considera que la condena económica debe ser revisada.
El Banco Central sostiene que el consorcio recibió en 2004 los derechos sobre los 5,000 metros cuadrados como parte del mecanismo utilizado por el Estado para saldar compromisos económicos con empresas contratistas que participaron en los trabajos de ampliación de la autopista Duarte durante la década de 1990.
Según el BCRD, el 11 de agosto de 2004 suscribió con el consorcio el acto mediante el cual transfirió los derechos sobre la referida superficie ubicada dentro de los terrenos del antiguo aeropuerto. En esa oportunidad, afirma, fue entregada la documentación correspondiente para que el consorcio realizara los procedimientos técnicos y registrales necesarios.
La institución agrega que el 12 de noviembre de 2004 el Registro de Títulos expidió un certificado anotado a favor del consorcio por los 5,000 metros cuadrados, debido a que el inmueble general todavía no había sido individualizado mediante los procedimientos de deslinde.
Para el Banco Central, estos hechos demuestran que la obligación de entregar los terrenos fue cumplida, mientras que los procedimientos posteriores de deslinde, subdivisión e individualización correspondían al beneficiario de la transferencia.
El origen de la controversia
El BCRD explica que el conflicto está relacionado con una serie de operaciones inmobiliarias realizadas para cumplir compromisos del Estado con contratistas de la ampliación de la autopista Duarte.
Como parte de ese proceso, otros contratistas que recibieron terrenos mediante mecanismos similares participaron en operaciones de deslinde y transferencia de derechos sobre áreas del antiguo Aeropuerto de Herrera.
El Banco Central señala que el consorcio posteriormente cuestionó judicialmente algunos de esos deslindes.
En enero de 2007, el Consorcio Mendes Junior-Méndez Cabral presentó una acción para impugnar determinados procedimientos de deslinde. El tribunal competente rechazó la demanda por falta de calidad para actuar, al considerar que en el momento en que fueron realizados esos procedimientos el consorcio todavía no tenía la condición de propietario o colindante que le permitiera accionar en esa condición.
El BCRD sostiene que esa decisión fue recurrida por las vías correspondientes y posteriormente adquirió autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada.
Demanda por US$5 millones
Años después, el consorcio volvió a acudir a los tribunales. En 2017 presentó una demanda en rescisión del contrato y reparación de daños y perjuicios, alegando que no había podido localizar e individualizar los terrenos que le habían sido entregados.
El Banco Central rechazó esa posición y sostuvo durante el proceso que había cumplido con la transferencia de los derechos sobre los 5,000 metros cuadrados, además de haber entregado el título necesario para que el consorcio formalizara su propiedad.
El proceso judicial desembocó en una decisión de la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional que condenó al Banco Central al pago de US$5 millones.
Banco Central cuestiona la decisión
La institución monetaria cuestiona varios aspectos de esa sentencia y sostiene que la decisión debe ser revisada por las instancias superiores.
Entre sus argumentos señala posibles errores jurídicos, deficiencias en la motivación de la decisión, distorsión de los hechos y falta de adecuada valoración de elementos probatorios incorporados al expediente.
El Banco Central también afirma que un informe técnico y catastral solicitado por la institución no habría sido debidamente ponderado por los jueces al momento de adoptar la decisión.
De acuerdo con ese informe, realizado el 6 de marzo de 2026, el consorcio figura como propietario de los 5,000 metros cuadrados que le fueron transferidos, situación que el BCRD considera relevante para demostrar que la obligación asumida originalmente fue cumplida.
Acudirá a la Suprema Corte
El Banco Central sostiene además que la sentencia no debe ser considerada definitiva y que existen mecanismos legales para recurrirla ante la Suprema Corte de Justicia (SCJ).
En consecuencia, la institución rechaza los intentos de ejecutar de inmediato la condena mediante embargos retentivos, al considerar que se estaría procurando cobrar una decisión que todavía puede ser sometida al control de la jurisdicción superior.
La posición del Banco Central es, por tanto, que no existe fundamento para presentar el caso como un simple incumplimiento de su parte, debido a que la institución afirma haber entregado los terrenos pactados y haber cumplido las obligaciones derivadas del acuerdo de 2004.
El BCRD también considera que la discusión judicial debe continuar en las instancias correspondientes para determinar si la condena de US$5 millones se ajusta a los hechos, las pruebas y las normas aplicables.
El litigio enfrenta así dos posiciones. Por un lado, el Consorcio Mendes Junior-Méndez Cabral sostiene que tiene derecho a ejecutar la sentencia que le reconoce una indemnización millonaria; por otro, el Banco Central afirma que cumplió con entregar los terrenos, cuestiona la sentencia y acudirá ante la Suprema Corte de Justicia para procurar que la decisión sea revisada.
El caso permanece abierto en el ámbito judicial y será la jurisdicción correspondiente la que determine finalmente la procedencia de las reclamaciones y de la condena económica.
COMUNICADO ÍNTEGRO DEL BANCO CENTRAL
Con ocasión de la campaña de presión mediática que ha desplegado el Consorcio Mendes Junior-Méndez Cabral para que el Banco Central de la República Dominicana le pague US$5.0 millones, en base a una sentencia que no posee el carácter definitivo con autoridad de cosa juzgada, decisión que está siendo recurrida ante el Pleno de la Suprema Corte de Justicia por un equipo de abogados de incuestionable calidad moral y profesional, a continuación se presenta una resumida reseña de los reales hechos fácticos y procesales acontecidos en torno a este caso.
Playase islas
Intentar ejecutar, mediante embargos retentivos, una sentencia que no es definitiva no solo constituye un desconocimiento arbitrario del ordenamiento jurídico dominicano, sino también un uso abusivo e irresponsable de las vías de derecho.
A esto se agrega, en este caso, una manipulación inaceptable de la opinión pública nacional, los medios de comunicación y las diferentes plataformas de redes sociales, pues se les engaña al vender la falsa idea de que una sentencia que es legalmente impugnable ya constituye un crédito a favor de ese grupo de ingenieros.
El Consorcio Mendes Junior-Méndez Cabral recibió en 2004, de manos del Banco Central, por motivos que se explican en la relación de hechos y actuaciones que se detallan más adelante, el derecho de propiedad de una porción de 5,000 metros cuadrados dentro de los terrenos del antiguo Aeropuerto de Herrera, como parte del pago del Estado a las deudas pendientes con una serie de empresas que participaron en el proyecto de ampliación de la Autopista Duarte en la década de 1990.
Otros ingenieros beneficiados de las daciones en pago a las que se comprometió el BCRD por cuenta del Estado formalizaron su contrato el 6 de enero de 2000, cediendo sus derechos inmobiliarios a la sociedad comercial Grand Realty, S.A., la cual asumió, al igual que las empresas de ingeniería cedentes, la realización de los trabajos de deslinde, subdivisión y refundición que resultaron necesarios y a los que se habían comprometido mediante el contrato de la fecha indicada.
Esos trabajos se realizaron en 2001 y fueron aprobados el 21 de marzo de ese año.
Cinco años después, el 26 de enero de 2007, el indicado consorcio impugnó el deslinde realizado por la sociedad comercial Grand Realty, S.A. Sin embargo, el Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original del Departamento Central declaró inadmisible la demanda por falta de legitimación activa de los demandantes.
El tribunal consideró que, al momento de los trabajos de deslinde y subdivisión, el Consorcio Mendes Junior-Méndez Cabral no era propietario ni colindante, calidad que comenzó a ostentar a partir del 11 de agosto de 2004, cuando firmó el contrato de dación en pago con el Banco Central.
Finalmente, antes de exponer los antecedentes del caso, es conveniente indicar que, en fecha 22 de agosto de 2017, el Consorcio Mendes Junior-Méndez Cabral demandó la rescisión del contrato de dación en pago mediante el cual el Banco Central le transfirió los derechos sobre 5,000 metros cuadrados en el aeropuerto de Herrera, sobre los que ya habían obtenido el título de propiedad en 2004.
Esa demanda dio lugar a la decisión de la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, que reconoce una indemnización a favor de los demandantes.
El Banco Central sostiene que dicha decisión no constituye una sentencia definitiva y que está siendo recurrida por alegados vicios legales, entre ellos la inobservancia de los límites de apoderamiento de la Corte por la Suprema Corte de Justicia, desnaturalización de los hechos, falta de motivación y falta de ponderación de los medios de prueba sometidos por el Banco Central de la República Dominicana, entidad de derecho público sujeta a rendición de cuentas conforme a la Constitución y a la Ley Monetaria y Financiera.
Playase islas
El Banco Central procura que se otorgue a los hechos su verdadera naturaleza, reconociendo que esta institución cumplió con las obligaciones que impone la ley a su cargo, en atención al objeto del contrato suscrito y la naturaleza de las obligaciones pactadas.
El Consorcio conocía el estatus jurídico del inmueble cedido, teniendo incluso acceso y conocimiento de su ubicación y llegando a intentar impugnar deslindes realizados por otros propietarios. Como consecuencia de todo ello, se transfirió el derecho de propiedad.
Todo esto fue constatado por el informe técnico realizado a requerimiento del Banco Central, el cual forma parte del expediente y fue puesto a disposición del Consorcio y de los jueces que integran la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional.
Según el Banco Central, este documento no fue referido ni tomado en consideración en el citado fallo.
ANTECEDENTES
Con ocasión de la solicitud formulada por el Poder Ejecutivo a la Junta Monetaria en el año 1999, de realizar una operación que involucró al Banco Central y al Estado dominicano, a través del Consejo Estatal del Azúcar (CEA) y la Secretaría de Estado de Obras Públicas y Comunicaciones, con el interés de que este último realizara el pago de la deuda que poseía el Estado con un grupo de contratistas que había trabajado en la ampliación de la Autopista Duarte, y tras obtener las autorizaciones correspondientes, se formalizaron los siguientes contratos:
1. Contrato entre el BCRD y el CEA
Previa autorización de la Junta Monetaria y en atención al informe de avalúo realizado para establecer el valor del inmueble a ser cedido, el BCRD suscribió un contrato de dación en pago con el CEA, en fecha 18 de octubre de 1999.
Banca
Mediante este contrato, el CEA se comprometió a entregar al BCRD terrenos ubicados en el municipio de San José de los Llanos, provincia San Pedro de Macorís.
Esta entrega constituía la contraprestación por los terrenos que el BCRD transferiría a un grupo de contratistas, entre ellos el Consorcio Mendes Junior-Méndez Cabral, con quienes el Estado dominicano mantenía la deuda derivada del Proyecto de Ampliación de la Autopista Duarte.
Este contrato fue, a su vez, aprobado por el Congreso Nacional en sus distintas instancias entre el 29 de abril de 2003 y el 4 de octubre de 2006.
2. Compromiso del BCRD con el Estado dominicano
El BCRD se comprometió con el Estado dominicano mediante contrato suscrito con la Secretaría de Estado de Obras Públicas y Comunicaciones, en fecha 8 de diciembre de 1999, a saldar la deuda que este último mantenía con el referido grupo de contratistas.