APUNTE.COM.DO.- El Tribunal Constitucional (TC) emitió dos nuevas sentencias en las que sanciona a varias entidades del Estado por desacatar órdenes judiciales anteriores. Las multas ascienden en total a RD$1,470,000.00, que deberán pagarse a dos ciudadanos afectados por la inacción administrativa.

En la sentencia TC/0844/26, el TC acogió la solicitud de liquidación de astreinte presentada por Isidro Díaz Rosario y ordenó a la Dirección General de la Policía Nacional pagar RD$520,000.00 por no cumplir la sentencia TC/1104/24, dictada el 30 de diciembre de 2024. Ese fallo exigía a la institución policial entregar de inmediato los documentos de una investigación por presunta deserción seguida contra Díaz Rosario, junto con un informe sobre el estado del proceso.

En su momento, el tribunal fijó una astreinte de RD$2,000.00 diarios por cada día de retraso a partir de la notificación. Aunque el fallo se notificó formalmente el 6 de junio de 2025, la Policía Nacional nunca entregó los documentos, dejando al ciudadano sin acceso a información esencial sobre su situación laboral y su derecho a la defensa.

Al estudiar la demanda, interpuesta el 20 de febrero de 2026, los magistrados contabilizaron 260 días de retraso, lo que generó el monto de RD$520,000.00. El tribunal señaló que la cifra se liquidó sin perjuicio de los días que sigan transcurriendo hasta que la institución cumpla de forma definitiva. También calificó la actitud de la Policía Nacional como “reticente e irresponsable”, ya que vulnera la seguridad jurídica, la tutela judicial efectiva y el debido proceso.

El 7 de agosto de 2026, el TC dictó la sentencia TC/0736/26, mediante la cual ordenó a la misma institución pagar RD$2,845,000.00 a Dulce María Lora Solís, viuda del general de brigada (r) José Antonio Feliciano Castillo. Esa suma corresponde a la astreinte acumulada por el incumplimiento de una sentencia de 2022 que ordenaba reconocer el ascenso del oficial y pagar el diferencial retroactivo de su pensión.

En la segunda sentencia, TC/0851/26, el Tribunal Constitucional acogió la solicitud de liquidación presentada por Yolanda del Carmen Solís de Rosario y condenó de forma solidaria al Instituto Nacional de Bienestar Magisterial (INABIMA), a la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones a Cargo del Estado (DGJP) y al Ministerio de Hacienda a pagar RD$950,000.00.

El caso se originó en una acción de amparo de la docente jubilada, quien reclamaba la restitución de la pensión que le fue otorgada mediante el Decreto 364-92, de diciembre de 1992. La sentencia TC/1463/25, del 22 de diciembre de 2025, ordenó al INABIMA transferir a la DGJP las cotizaciones correspondientes a los años trabajados en el Ministerio de Educación y coordinar la reactivación inmediata de la pensión; a la DGJP y a Hacienda les correspondía ejecutar la reactivación y pagar retroactivamente los montos adeudados desde el 17 de agosto de 2021.

El TC otorgó un plazo conjunto de 30 días calendario desde la notificación, bajo una astreinte de RD$10,000.00 diarios a cargo solidario de las tres entidades. Las instituciones fueron notificadas mediante el Acto núm. 092/2026 el 27 de enero de 2026, pero el plazo venció el 26 de febrero de 2026 sin que cumplieran el mandato. Al no haber prueba de cumplimiento ni defensa alguna, el tribunal contabilizó 95 días transcurridos entre el 26 de febrero y el 1 de junio de 2026, fecha de la solicitud, totalizando RD$950,000.00.

El TC advirtió que el monto seguirá acumulándose a razón de RD$10,000.00 diarios de forma solidaria hasta que las tres instituciones ejecuten completamente la sentencia.

En ambos fallos, el TC reiteró que sus decisiones son vinculantes e irrevocables para todos los poderes públicos, y que el incumplimiento constituye una vulneración al derecho a la tutela judicial efectiva, al debido proceso y a la seguridad jurídica de los ciudadanos. Las sentencias fueron adoptadas por la mayoría requerida del Pleno de Jueces.