El abogado Eduardo Jorge Prats, experto en temas constitucionalistas, criticó este miércoles el fallo 168-13 del Tribunal Constitucional el cual dispone que los hijos de personas ilegales nacidos en el paÃs no le corresponde la nacionalidad dominicana, porque a su juicio, hizo una mala interpretación de la Carta Magna.
Entrevistados en el programa “Enfoque Matinal†que se transmite por NCDN, canal 37, el jurista consideró que la Constitución fue mal interpretada por el organismo.
Manifestó que “la crÃtica más importante que se le puede hacer a este fallo, que verdaderamente es un fallo del Tribunal Constitucional, es la crÃtica que hace la jurisdicción constitucional especializada de lo que es el derecho fundamental a la nacionalidad. El segundo fallo del fallo es que en lugar de hacer una interpretación más favorable a la persona, en este caso a Juliana Deguis Pierre, la interpretación del tribunal es para perjudicar a esa personaâ€.
El conocido jurista señaló como “tercer fallo†que además de a Juliana perjudicó “ a los que no tenÃan vela es ese entierroâ€, que no habÃan ido al Tribunal, al hacerle extensivo los efectos del amparo, lo que según él, eso no se ha visto en ninguna jurisdicción constitucional ya que los tribunales extienden los beneficios de la decisión.
Por último agregó que el “cuarto fallo†es que el TC desconoce el carácter vinculante de la Constitución a la Corte Interamericana de los Derechos Humanos.
“En 2005 la Corte nos dijo a nosotros que el estatus migratorio de los padres no podÃa implicar despojo a la nacionalidad de los dominicanosâ€, sostuvo el jurista, que además recordó que meses antes a esta declaración el Constitucional habÃa señalado meses antes que las decisiones de la Corte Interamericana son vinculantes. “La propia ley orgánica del Tribunal Constitucional, en su artÃculo 7, señala que las decisiones de la Corte Interamericana son vinculantesâ€, reiteró Prats.
Además, en el panel habló el también abogados constitucionalista Cristóbal RodrÃguez, quien estimó que el fallo es “insostenible†desde el punto de vista constitucional, ya que a su entender el Tribunal hizo una lectura “muy errada de la Constituciónâ€.
“Por eso el fallo de la sentencia 168-13 es insostenible en términos absolutos desde el punto de vista constitucional, es una decisión que infringe por lo menos 17 disposiciones constitucionalesâ€, dijo RodrÃguez.
Cuestionó por qué el Estado soberano, después que le concede la nacionalidad a una persona quiera revocársela o despojarla del derecho que le ha sido conferido. “Esa es una de las cuestiones en que incurre en error el Tribunal Constitucional en las consideraciones para arribar a su decisiónâ€, se quejó el especialista en asuntos constitucionales.