En la modificación Código Laboral, que es objeto de discusión por el sector patronal, con el apoyo del Poder Ejecutivo, los empleadores plantean poner un tope a la liquidación al momento del empleado cesar en sus funciones, asà como establecer horario rotativo en las empresas, lo que pondrÃa en juego conquistas logradas hace muchos años por los trabajadores, de lo que han alertado al paÃs, el presidente del Consejo Nacional de la Unidad Sindical (CNUS), Rafael –Pepe- Abreu y representantes de otras centrales sindicales quienes advierten que se mantendrán vigilantes.
El Código Laboral dominicano vigente data del año 1992, cuando fue promulgado, y es una revisión de una pieza legislativa anterior. Es la norma que regula todo lo relativo al trabajo y sus modalidades, asà como la relación entre empleado y empleador, incluido el tema salarial, de acuerdo a un documento remitido al periódico Apunte.com.do
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Se recuerda, que el senador de ElÃas Piña, Adriano Sánchez Roa, habÃa sometido ante el Congreso Nacional un proyecto de modificación del Código Laboral, en busca de dotar al paÃs de un Sistema de Fijación de Salarios eficiente y efectivo, que facilite el establecimiento de salarios justos, acorde a los niveles de productividad alcanzado por las empresas y el crecimiento económico que ostenta el paÃs y que asegure al trabajador condiciones de subsistencia digna y decorosas para él y su familia, mediante la adquisición de los bienes y servicios básicos
Sin embargo, con las modificaciones sugerida por los empresarios estas conquistas en lugar de ser ampliadas serÃan reducidas para perjudicar a los trabajadores dominicanos.
LA LIQUIDACIÓN
Dentro de las propuestas de los empresarios están la de modificar lo referido al pago de cesantÃa laboral a los empleados, conocida como liquidación, ya que sugieren que se ponga un tope a la acumulación de los fondos que se dedican a la entrega de estos recursos a los empleados al momento de cesar en sus funciones.

Este impasse se suscitó luego de la entrada en vigencia de la Ley 87- 01 de Seguridad Social que establece en su artÃculo 50, en un párrafo (Transitorio), que “El Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), en coordinación con el gobierno, empleadores y trabajadores, promoverán, en un plazo no mayor de 18 meses, la creación del Seguro de Desempleo y todo lo relativo a la cesantÃa laboral, sin que los trabajadores pierdan sus derechos adquiridosâ€.
Sin embargo, a pesar de que esta pieza tiene más de 12 años de promulgada, hasta el momento no ha sido creado el referido seguro, y de haberse cumplido con ambas leyes los trabajadores dominicanos deberÃan recibir no solo su liquidación, sino el seguro por desempleo que le corresponde por ley.
El HORARIO FIJO
Pero además de lo relativo a la cesantÃa laboral, que es una de las conquistas más importantes del sector trabajador dominicano, los empleadores plantan una modificación en lo concerniente al horario fijo de trabajo, para hacerlo de manera rotativos, un tema que choca con la cotidianidad de los empleados y que las centrales sindicales no comparten.
Sobre el particular, el sector trabajador ha expresado su desacuerdo, debido a que esta medida solo beneficiarÃa al empleador y afectarÃa el desarrollo cotidiano de los empleados que en muchos casos además de trabajar, estudian y son jefes de familia.
En ese sentido, el presidente de la Confederación Nacional de Unidad Sindical (CNUS), Rafael “Pepe†Abreu, ha denunciado que ya algunas empresas están implementando esta modalidad, aún en contra de la ley laboral, imponiendo al trabajador una jornada de 12 horas corridas durante cuatro dÃas consecutivos y luego le otorgan cuatro dÃas libres.
Asegura que esta situación provoca que haya una desintegración familiar y que la mayorÃa de la gente que estudia pierda sus clases por la alteración de horario.
Además, hay que resaltar que este tipo de horario va en perjuicio del trabajador en varios sentidos. Por ejemplo, es sabido que las personas que deben acudir a trabajar tienen un esquema de ejecución de acciones. Una persona que acostumbrada a trabajar en la mañana normalmente se levanta a la misma hora, aún cuando es su dÃa libre, debido a que su organismo se acostumbra a levantarse a la misma hora.
VIGILANTES
Los representantes de los trabajadores dicen que se mantendrán vigilantes para que la comisión designada por el Poder Ejecutivo para la revisión del proyecto de modificación logre una variación del Código encaminada a mejorar las condiciones de vida del trabajador dominicano, no empeorarla.
ARTICULOS A MODIFICAR
El proyecto modificarÃa el Sistema Nacional de Salario, en los artÃculos 192, 194,213, 214, 215, 216, 217, y 218 del Código de Trabajo. Además, los 452, 453, 454, 455, 456, 457, 458, 459 del mismo código.