El presidente Danilo Medina Sánchez no puede repostularse a la Presidencia de la República por el mecanismo de un referéndum, en caso de que tenga esa intención, porque la Constitución de la República lo prohÃbe, afirmó este miércoles el titular del Senado, Reinaldo Pared Pérez.
Sin embargo, el también secretario general del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), se identificó con la inquietud de viabilizar que se establezca y se apruebe esa figura, cuya prohibición fue consignada en la modificación de la Carta Magna del 2010.
“Como se expresa el Movimiento Izquierda Unida (MIU) se contemplan dos modalidades, una en el ámbito municipal, y otra de mayor amplitud, pero es importante que de una vez por todas, mediante aprobación de una ley quede establecido el referéndum en paÃsâ€, explicó el senador del Partido de la Liberación Dominicana, PLD.
Pared Pérez recalcó que no es posible que el Jefe del Estado pueda reelegirse, porque la Constitución limita la amplitud y la competencia que tendrÃa la figura del referéndum.
“La Constitución no incluye ni la revocación del mandato, ni tampoco la extensión del mandatoâ€, significó Pared Pérez
El senador por el Distrito Nacional habló al respecto, tras recibir una comisión encabezada por Miguel MejÃa, presidente del MIU y la diputada al Parlacen, Martha Pérez, en la que piden al Senado colocar en agenda del hemiciclo el proyecto que instituye la figura del referéndum, establecida en la Constitución de la República del 26 de enero del 2010.
“Les aseguro que haremos todo el esfuerzo a los fines de depositar esta iniciativa en ambas cámaras y les adelanto que sobre este tema conversé con Roberto Rosario, presidente de la Junta Central Electoral y quedamos en conocer un anteproyecto elaborado por la OEA, para estudiar su adecuación para luego someterlo vÃa el Senadoâ€, expresó Pared Pérez.
Dijo que cuando exista ya la figura del referéndum, llevado a la práctica, será la JCE que tendrá a su cargo la ponderación y aplicación de esa figura.
Pare Pérez se comprometió a motivar para que sea conocida y aprobada la figura constitucional.
De su lado, MejÃa dijo que el referéndum es un procedimiento de consulta popular de la más alta jerarquÃa en nuestro orden jurÃdico, instituido expresamente en los ámbitos nacional y municipal.
“La figura solo se limita a las condiciones mismas que establece nuestra Constitución, también vendrÃa a consolidar la aspiración libérrima de los dominicanos a una institucionalidad cada vez más democrática y transparenteâ€, opinó.
FIGURA DEL REFERENDUM
De conformidad con lo que establece la Constitución, el referéndum es una institución de democracia directa que se hace efectiva mediante el ejercicio del sufragio consagrado como derecho y deber de las ciudadanas y ciudadanos a participar y decidir sobre los asuntos que sean sometidos a referendo como mecanismo de consulta popular.