El Consejo de Acceso a la Información por la Transparencia (CODAIT) solicitó al Congreso Nacional aprobar una ley orgánica que instituya el órgano rector de transparencia y acceso a información pública, a fin de garantizar la transparencia y el correcto cumplimiento del derecho de acceso a la información, de igual modo tutelar el principio de máxima publicidad y el deber de rendición de cuentas de las instituciones de los tres poderes del Estado, los municipios, órganos constitucionales y las entidades de carácter privado que manejen fondos o informaciones públicas.
José Miguel Fernández, presidente del CODAIT consideró pertinente crear una entidad funcional que genere confianza, y asuma el rol de supervisión, control y vigilancia, para que la administración pública en general cumpla al pie de la letra las disposiciones del sistema de transparencia y de acceso a información pública. El Órgano Rector de Transparencia y Acceso a la Información debe ser independiente y autónomo, dotado de personalidad jurÃdica y patrimonio propio. Su conformación puede ser de tres comisionados titulares y dos sustitutos del Presidente, elegidos por concurso público por el Consejo Nacional de la Magistratura.
El órgano rector velarÃa por el cumplimientos de las normas de transparencia, garantizando la obligación de permitir el acceso a la información pública, la cual tiene que ser entregada a las personas de manera gratuita, oportuna, precisa, completa, objetiva, inteligible y veraz, además sin alegar motivo alguno en la solicitud, de igual manera tendrÃa la misión de difundir, proteger y procurar el debido respeto al derecho de acceso a la información pública, también someter y solicitar aplicar sanciones por el incumplimiento de la Ley y normas complementarias de transparencia y acceso a la información pública.
Las sanciones pueden ser administrativas, civiles o penales, conforme la gravedad y naturaleza de las responsabilidades. Este órgano supervisarÃa y certificarÃa la integridad y veracidad de las informaciones publicadas de oficio, asà como la declaración jurada de bienes y su evolución anual. Agregó Fernández.
El CODAIT es una entidad cÃvica sin fines de lucro comprometida con el fortalecimiento y desarrollo de una efectiva cultura de transparencia y rendición de cuentas. En ese tenor aseguró que la aprobación de una ley orgánica que regule y supere las debilidades identificadas en la aplicación y el ejercicio del derecho de acceso a la información pública, contribuirá a lograr que los recursos del Estado sean utilizados con mayor pulcritud y eficiencia, para beneficio de la colectividad y del desarrollo humano y nacional.
República Dominicana necesita una institución independiente, con autonomÃa técnica y administrativa, personerÃa jurÃdica, patrimonio propio y capacidad para someter a los tribunales a los violadores de las normas de transparencia y acceso a información pública. Por consiguiente requiere de la construcción de un sistema normativo que se preocupe no sólo por la realización del ciudadano en el ámbito público y privado, sino también por la promoción de su participación proactiva en los asuntos públicos, asumiendo responsabilidad por la fiscalización del ejercicio de las funciones y competencias de los poderes del Estado.
El acceso a información oportuna y veraz garantiza en gran medida, el nivel de relación entre la sociedad y los funcionarios electos o designados para la administración optima de los recursos públicos. En este contexto el acceso a la información bajo procedimientos institucionales claros, sencillos, precisos y sistemáticos, es un aspecto fundamental para la ciudadanÃa, por cuanto, otorga la posibilidad de que toda persona interesada participe en los asuntos públicos de manera responsable y consciente, impulsando a la vez la cultura de transparencia en los servicios públicos y afianzando el estado de derecho social y democrático.
La información pública es una materia delicada y compleja, por tanto el derecho tiene que intervenir para procurar justicia, basado en la supremacÃa de los principios de legalidad, máxima publicidad y transparencia.
Sin embargo, el ejercicio de éste derecho ha sido muy limitado y poco efectivo, debido a la inexistencia de un marco legal solido e integral para garantizar la transparencia y el acceso oportuno a la información pública.