Santo Domingo, República Dominicana.- El ingeniero Frank Jorge Elías, arribó a un acuerdo indemnizatorio con la señora Sandra Kurdas, la cual desistió del proceso penal y consintió en cerrar el tema partición y divorcio.

Por su parte, la Fiscalía buscó una salida alterna al juicio, consistente en suspensión condicional del proceso, que implica seis meses de reglas, no condenas, porque pasado este periodo probatorio del proceso y cumpliendo dichas reglas, se extingue la acción penal como si no hubiese existido el caso, sin dejar antecedentes penales.

En ese sentido, no se trata de sanciones sino de reglas, entre ellas contribución social y programas educativos en su canal, a las cuales el empresario estuvo en la mejor disposición por haber sido estas acciones con las que ha contribuido por años al fortalecimiento de la sociedad y apoyo de los más desvalidos.

La razón de este acuerdo, es que los ex esposos decidieron de manera armoniosa poner fin al caso, por la paz de sus hijos y su familia en general

Se recuerda que e 31 de marzo pasado tanto el Ministerio Público, como la señora Sandra Kurdas retiraron la acusación ante el 5to Juzgado de la instrucción donde quedó establecido que Jorge Elías no agredió a su exesposa, razón por la que fue descargado de responsabilidad en los hechos que se le imputaban

Luego de examinar las pruebas aportadas por la Señora Sandra Kurdas la 6ta Sala del Tribunal de Familia descartó que existiera ningún tipo de violencia del Ingeniero Frank Jorge contra su ex esposa.

Lo cual fue también ratificado por la corte quien se pronunció en iguales términos.

Dos tribunales distintos, incluida la corte de apelación descartaron la violencia física y Psicológica o de cualquier género por parte del Empresario.

Independientemente de que ya el Ing. había logrado varias decisiones en su favor que desarticulaban el proceso.

La Resolución No. 00270-TS-2013, del 4/de junio del 2013, de la tercera sala de la corte de apelación, en la cual le fue cambiada la medida, la señora reconoció que el golpe que recibiera, se produjo de manera accidental. No Hubo golpe,  por tanto los Jueces  descartaron la violencia física.

La Resolución P089-2015, del 31 de marzo del 2015, es la que suspende el proceso, acogiendo un periodo de prueba, en el que la fiscalía retira violencia física y admite inconvenientes en el matrimonio, sin que con eso el Ingeniero admitiera estar cometiendo violencia de género.

El empresario de los medios de comunicación, iidicó inicio demandas contra personas que a través de las redes sociales, han lanzado acusaciones injuriosas en su contra. Todo aquel que incurra en lo adelante en difamar, hablar o desinformar  podría correr igual suerte que otros que hoy en día están sentados en el banquillo de los acusados.