APUNTE.COM.DO.- El presidente de Paraguay, Santiago Peña, presentó su renuncia el jueves, pero esa decisión no frenó al Congreso, que siguió adelante con el juicio político en su contra y terminó destituyéndolo el viernes.
La situación deja abierta una pregunta: qué sentido tenía destituir a un mandatario que ya había anunciado su salida del cargo. La clave está en los efectos jurídicos de cada vía. La renuncia y la destitución por juicio político no generan las mismas consecuencias bajo la legislación paraguaya, sobre todo en lo que respecta a los privilegios constitucionales de los expresidentes.
Uno de esos beneficios es la senaduría vitalicia, que permite a los expresidentes elegidos democráticamente asistir a las sesiones del Senado con derecho a voz, aunque sin voto.
No obstante, el artículo 189 de la Constitución paraguaya contempla una excepción: quedan fuera de esa prerrogativa quienes hayan pasado por un juicio político y hayan sido declarados culpables.
Por eso, la diferencia entre dejar la Presidencia de forma voluntaria y ser removido mediante juicio político tiene efectos que van más allá del simple cese de funciones.
El artículo 202, numeral 16, de la Constitución establece entre las atribuciones del Congreso aceptar o rechazar la renuncia del presidente de la República y del vicepresidente. Esto quiere decir que presentar una dimisión no saca automáticamente al mandatario: para que surta efecto, el órgano legislativo debe aceptarla.
En el caso de Peña, el Congreso no aceptó su renuncia y continuó con el procedimiento de juicio político que culminó con su separación del cargo.
La diferencia es decisiva: si la renuncia hubiera sido aceptada, Peña habría conservado, en principio, el derecho constitucional a convertirse en senador vitalicio, siempre que no mediara otra causa de exclusión. En cambio, al ser declarado culpable en un juicio político, quedó privado de esa prerrogativa.
El artículo 225 de la Constitución paraguaya dispone que el presidente, el vicepresidente, los ministros del Poder Ejecutivo y otras altas autoridades pueden ser sometidos a juicio político por mal desempeño de sus funciones o por la comisión de delitos durante el ejercicio del cargo o por delitos comunes. El procedimiento prevé que la Cámara de Diputados formule la acusación, mientras que el Senado actúa como tribunal, celebra el juicio público y decide si declara culpable al funcionario.
Si se declara la culpabilidad, la consecuencia constitucional es la separación del cargo. Cuando hay indicios de delitos, los antecedentes pueden remitirse a la justicia ordinaria.
En el caso de Peña, el Senado lo declaró culpable por mal desempeño de sus funciones y aprobó su destitución por unanimidad de los 44 senadores presentes.
Un ejemplo que ayuda a entender las consecuencias de una renuncia antes de que concluya un proceso de destitución es el del expresidente estadounidense Richard Nixon. En 1974, Nixon dimitió a la presidencia de Estados Unidos antes de que la Cámara de Representantes completara el juicio político en su contra por el escándalo Watergate. Su renuncia hizo innecesaria la continuación del proceso de destitución.
En Paraguay, en cambio, el escenario era distinto por las disposiciones constitucionales sobre la senaduría vitalicia y la exclusión de quienes hayan sido declarados culpables en un juicio político.
Cabe aclarar que el juicio político no equivale a un proceso penal: son dos procedimientos diferentes, con objetivos y consecuencias propias. La destitución de Peña tampoco representa por sí misma una condena penal. Las posibles responsabilidades por delitos deben ser investigadas y determinadas por los tribunales ordinarios.
Sin embargo, su salida de la Presidencia mediante juicio político sí tuvo efectos sobre su situación jurídica, al quedar excluido de la senaduría vitalicia y de las garantías asociadas a esa condición.
Este viernes, tras su destitución, las autoridades paraguayas ordenaron que permaneciera bajo arresto domiciliario mientras avanza una investigación vinculada al colapso de Ueno Bank. La inmunidad parlamentaria ligada a la condición de senador vitalicio habría sido un obstáculo para su detención mientras conservara esa prerrogativa, aunque no implicaría inmunidad absoluta frente a una investigación o un proceso judicial.