APUNTE.COM.DO.- SANTO DOMINGO.- La Fundación Institucionalidad y Justicia (FINJUS) expresó su preocupación ante los recientes casos difundidos por los medios que revelan serias dificultades que enfrentan las personas privadas de libertad dentro del sistema de justicia dominicano.

Servio Tulio Castaños Guzmán, vicepresidente ejecutivo de la entidad, instó a que cualquier privación de libertad que supere el límite legal sea revisada y corregida de manera urgente por las autoridades competentes.

El jurista consideró que la privación de libertad es una de las manifestaciones más agudas del poder estatal sobre una persona, por lo que no puede ejercerse sin límites, controles ni revisión. Recordó que el principio constitucional establece que la libertad es la regla y su restricción una excepción sometida a límites, garantías y controles estrictos.

Entre los casos señalados destaca el de un hombre que permaneció casi 20 años en prisión preventiva sin sentencia definitiva, desde 2006 hasta 2026, cuando la intervención de la Defensa Pública permitió su liberación. Asimismo, mencionó que recientemente 13 personas estuvieron detenidas por más de un mes sin ser presentadas ante un juez, situación que concluyó con su liberación mediante una acción de hábeas corpus.

Estos hechos generan preocupación por la lentitud de los procesos judiciales y la falta de seguimiento adecuado, pues una persona puede permanecer años privada de libertad mientras su situación legal queda sin respuesta definitiva.

La entidad reconoció que la seguridad ciudadana exige respuestas firmes frente al delito y que las víctimas tienen derecho a acceder a la justicia, así como la sociedad tiene derecho a que los infractores sean debidamente sancionados. No obstante, advirtió que la firmeza del Estado no puede confundirse con la ausencia de límites, ya que en un Estado social y democrático de derecho el poder punitivo está sometido a la Constitución, la ley, la proporcionalidad, la dignidad humana y el debido proceso.

FINJUS sostuvo que esta situación no debe verse como un problema aislado sino como reflejo de fallas acumuladas del sistema de justicia penal: personas presas por largos períodos sin respuesta judicial oportuna, procesos que se extienden más allá de lo razonable y una prisión preventiva que corre el riesgo de convertirse en pena anticipada.

Castaños Guzmán consideró que la detención en destacamentos policiales, la prisión preventiva y el cumplimiento de una condena son situaciones jurídicamente distintas que no pueden recibir el mismo tratamiento, ya que la prisión preventiva no constituye una condena ni una sanción anticipada, y toda persona detenida conserva la presunción de inocencia.

Señaló que corresponde a la Policía Nacional, el Ministerio Público, el Poder Judicial y los órganos responsables de la administración penitenciaria garantizar que nadie permanezca privado de libertad por ineficiencia, dilaciones o falta de coordinación del propio sistema.

Reiteró que el Estado tiene la obligación de investigar y juzgar dentro de los parámetros legales, recordando que la Constitución protege la dignidad humana, la libertad y seguridad personal, la presunción de inocencia, el debido proceso y la tutela judicial efectiva, derechos que no desaparecen cuando una persona es ingresada a un destacamento o a una cárcel, ni por la gravedad del delito imputado.