APUNTE.COM.DO- SANTO DOMINGO,.REPUBLICA DOMINICANA.-Desde este lunes 3 de agosto, la República Dominicana cuenta con un nuevo Código Penal que incorpora nuevas figuras delictivas y aumenta las penas,pero los hechos ocurridos antes de su entrada en vigor seguirán siendo juzgados bajo el antiguo marco legal de 1884.

Así lo explicó el abogado Félix Porte, quien señaló que todos los delitos cometidos antes de la entrada en vigencia de la nueva norma, promulgada mediante la ley 74-25 por el presidente Luis Abinader, serán procesados con el código anterior. "Lo importante es cuando ocurrió el hecho, no cuando lo lleven al tribunal", expresó el letrado a reporteros de Diario Libre.

Bajo este criterio, el caso de Melissa Figueroa, la joven de 27 años que, según la Policía Nacional, falleció a manos de su pareja en el sector La Zurza, del Distrito Nacional, la noche del domingo 2 de agosto, no podrá ser calificado como feminicidio, tal como se incorpora en el nuevo Código Penal.

República Dominicana estrena y aplica desde hoy un nuevo Código Penal

La ley 74-25 define el feminicidio como el hecho de causar la muerte de una mujer por razón de ser mujer, independientemente de su edad, relación de pareja y sin importar el lugar donde ocurra. Este delito está sancionado con penas de 30 a 40 años de prisión mayor y una multa de 50 a 1,000 pesos del salario mínimo del sector público.

Antes de la entrada en vigencia del nuevo Código Penal, la legislación dominicana no tipificaba el feminicidio como delito autónomo, por lo que los asesinatos de mujeres a manos de sus parejas o exparejas eran procesados principalmente como homicidio o asesinato.

Código Penal inicia entre interpretaciones enfrentadas sobre su entrada en vigencia

Entre los cambios del nuevo Código Penal destacan la acumulación de penas y la responsabilidad penal para las personas jurídicas. Por primera vez, las empresas podrán ser penalmente responsables por ciertos delitos cometidos en su beneficio o por sus representantes.

El marco legal también endurece las sanciones por corrupción administrativa, castiga la difusión de imágenes íntimas sin consentimiento, y contempla los genocidios, el sicariato y las desapariciones forzadas.