APUNTE.COM.DO, REDACCION INTERNACIONAL. -La Corte Suprema de Justicia de Colombia emitió un fallo que favorece a los jubilados y redefine el acceso a la pensión de sobrevivientes en Colombia. La decisión permite que padres y hermanos puedan ser beneficiarios sin necesidad de demostrar una dependencia económica total.
El cambio se basa en una interpretación más flexible del artículo 47 de la Ley 100 de 1993, que regula quiénes pueden acceder a esta prestación cuando no existen cónyuge ni hijos con derecho.
Además, la Corte Constitucional de Colombia ya había eliminado en 2006 el requisito de que la dependencia fuera “total y absoluta”, lo que ahora es reforzado por la Corte Suprema.
El fallo aclara que no es necesario que los beneficiarios estén en condiciones de indigencia, sino que basta con demostrar que recibían un apoyo económico relevante del afiliado fallecido. De este modo, se busca garantizar la continuidad de condiciones de vida dignas para las familias, manteniendo el objetivo social de esta pensión.