Abogados de Peralta consideran “insólita” rechazo jueza revisión medida coerción sin celebración de audiencia

Santo Domingo, República Dominicana (Apunte.com.do).- La defensa legal del exministro Administrativo de la Presidencia, José Ramón Peralta, calificó que insólita y violadora de derechos la resolución de jueza del Segundo Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, Patricia Padilla, que rechazó la solicitud de revisión de la medida de coerción de su defendido.

Los abogados Pedro Balbuena, Santiago Rodríguez y Chanel Liranzo señalaron que la referida magistrada tomó una decisión de “gabinete”, sin audiencia ni citación a las partes, contrariando lo que establece la ley.

Precisaron que los artículos 239 y 240 del Código de Procedimiento Penal establecen que en los casos de que se produzca una solicitud de revisión de una medida de coerción, el tribunal de que se trate debe fijar la audiencia para conocer en el plazo de 48 horas siguiente al recibimiento de la misma. 

(Esta audiencia debe celebrarse para que el tribunal pueda escuchar a las partes involucradas y tomar una decisión sobre la solicitud

Artículo 239: La solicitud de revisión de una medida de coerción se formula ante el tribunal que la dictó.

Artículo 240: El tribunal de que se trate debe fijar la audiencia para conocer la solicitud de revisión en el plazo de 48 horas siguiente al recibimiento de la misma.

Es importante señalar que estos artículos son de orden público, lo que significa que son de aplicación obligatoria para todos los tribunales del país).

Los profesionales del derecho ofrecieron sus declaraciones luego de asistir a la audiencia en la que se enteraron de la resolución de la jueza Padilla, de la cual no habían recibido notificación.

Conforme a esa resolución, se fija para el 29 de noviembre la revisión obligatoria a la prisión preventiva del exministro Administrativo de la Presidencia, alegando que recursos interpuestos por sus abogados con relación a la medida son consideradas revisiones.

Consideraron que la jueza Padilla ha cometido falta grave en razón de que decidió rechazar la variación de medida de coerción sin celebrar audiencia.

Peralta y su defensa acudieron al tribunal en virtud de que la primera revisión se había fijado para el 1 de septiembre, pero al llegar al tribunal la jueza interina Ana Lee Florimón les informó que esa revisión había sido repautada para el 29 de noviembre en virtud de que ellos habían interpuesto otros recursos que fueron considerados como revisión.

Otras instancias

Los juristas se quejaron de que no habían sido notificados de ninguna decisión, por la que la jueza hizo una pausa para entonces notificarle la reprogramación de la audiencia.

Calificaron como inaudita la acción y que antes la evidente negación de derecho contra su defendido tendrá que recurrir a otras instancias para demandar justicia.

Aseguraron que se trata de una violación a los derechos de José Ramón Peralta de que se pretenda mantenerlo en prisión preventiva por más de nueve meses sin que se le celebre audiencia.