La Ley 340 en su artículo número 14 establece quienes no pueden contratar con el estado y esto significa que no pueden participar bajo ninguna de las modalidades, resaltó el director de Compras y Contrataciones

Santo Domingo, República Dominicana (Apunte.com.do R.E.) .- El director de Compras y Contrataciones Públicas, Carlos Pimentel, dijo que el senador del Partido Revolucionario Moderno (PRM) por la provincia Maria Trinidad Sánchez, Alexis Victoria Yeb, no debió nunca contratar con el Estado una vez asumió sus funciones como legislador.

“Lo que queda claro en el informe es que el senador no debió nunca contratar con el Estado desde que asumió sus funciones como senador de la República “, indicó Pimentel en una entrevista con el periodista Huchi Lora, en el p0rograma El Día.

Explicó que las empresas en las que Victoria Yeb tiene una participación accionaria de más del 10 por ciento aparecen en el registro con 14 contratos de compras menores y compras por debajo del umbral, luego de asumir su curul.

Al ser preguntado sobre si la ley prevé el porcentaje vendido por un servidor público, Pimentel aseguró que esta “no establece o hace distinción con relación a si existe incompatibilidad porque la contratación sea de un peso o sea por cien millones de pesos”.

El funcionario explicó que la Ley 340 en su artículo número 14 establece quienes no pueden contratar con el Estado y esto significa que no pueden participar bajo ninguna de las modalidades ya sean licitaciones públicas, restringidas, comparaciones de precio, sorteos de obras, compras menores y compras debajo del umbral.

Pimentel destacó que debido al Régimen de Incompatibilidad, Victoria Yeb no puede ser sancionado por la dirección que dirige, ya que Compras y Contrataciones es dependencia del Poder Ejecutivo y no puede sancionar a un ente que pertenezca a otro Poder y mucho menos a un Senador de la República.

Asimismo, informó que en el proyecto de ley que busca modificar la Ley 340 han sugerido algunas disposiciones para fortalecer el régimen, como la eliminación del 10 por ciento de la participación accionaria, ya que consideran que ningún servidor público con vínculos en empresas puede ser proveedor del Estado.