Santo Domingo, República Dominicana.- El Senado de la República aprobó el Código Penal con penas de hasta tres años para quien aborte, favoreciendo la posición de las iglesias, luego de ser presentado un informe rechazando las observaciones del Poder Ejecutivo.
Se recuerda, que el presidente Danilo Medina había pedido que se establecieran excepciones a la penalización del aborto cuando la vida de la madre corriera peligro, el embarazo fuese producto de una violación o incesto o se compruebe que el feto tenga una malformación incompatible con la vida.
El organismo decidió eliminar un párrafo del artículo 110 del Código Penal y dispuso crear una ley especial.
Ese párrafo expresaba: “La interrupción del embarazo por causa de violación, incesto o por malformaciones del embrión incompatible con la vida clínicamente comprobada, estarán sujetos a los requisitos y protocolos que se establezcan mediante ley especial”.
La iniciativa señala que el aborto se castigará con penas de dos a tres años de prisión, y se incluye a la mujer que lo cause o a una persona que le ayude.
En el caso del médico, enfermera, partera, cirujano, farmacéutico u otro profesional que ayuden a causar el aborto, la condena sería de cuatro a 10 años.