Santo Domingo, República Dominicana.- El presidente Danilo Medina mantiene en sus puestos de la administración pública a 4,060 funcionarios, que no han cumplido con su declaración jurada de bienes, como lo dispone la Ley 311-14 sobre Declaración Jurada de Patrimonio de los Funcionarios Públicos.
Los datos están contenido en un informe rendido por la Oficina de Evaluación y Fiscalización del Patrimonio de los Funcionarios de la Cámara de Cuentas, en el que cada funcionario que no ha cumplido con esa responsabilidad, es calificado como Omiso a la fecha del 10-03-2017.
Asimismo, y a pesar de que la Ley establece que deben ser destituido los funcionarios que en un plazo no mayor de 30 días no hayan cumplido con este requerimiento legal, el presidente Danilo Medina los mantiene en sus puestos, y siguen recibiendo sus salarios de manera normal.
Según cifras oficiales 4,006 funcionarios municipales y legisladores no han cumplido con este requerimiento legal, hasta la fecha señalada.
De esa cantidad 106 son diputados, una senadora, 159 alcaldes, 244 vicealcaldes, 320 directores municipales, 1,589 regidores, 407 subdirectores municipales y 1,229 vocales municipales.
La Ley 311-14 sobre Declaración Jurada de Patrimonio de los Funcionarios Públicos dispone que cada funcionario debe hacer su declaración jurada de Patrimonio en un plazo no mayor de 30 días después de ser designado o de haber cesado en sus funciones.
Desde septiembre del 2016, la Cámara de Cuentas viene exigiendo a los funcionarios públicos cumplir con el mandato de la Ley 311-14, y se recuerda que hasta el presidente Danilo Medina tuvo que intervenir, advirtiendo las consecuencias, así como realizando reuniones con los incumplidores para concientizarlos sobre esa obligación.
LA INOBSERVANCIA: “Se establece como una consecuencia jurídica de la inobservancia de presentar la DJP en el plazo estipulado en el artículo 8 del presente reglamento, la suspensión del pago de las remuneraciones que les corresponda al funcionario público obligado, la que se mantendrá hasta que sea subsanada la omisión. Para ello, la Cámara de Cuentas notificará a la Tesorería Nacional en cualquier momento de la inobservancia de presentar la DJP, el cargo y los nombres de los funcionarios obligados que no han presentado su DEJP...”,