APUNTE.COM.DO.- La fiscal del Distrito Nacional, Rosalba Ramos, matizó sus declaraciones sobre el dolo eventual en el caso Jet Set y afirmó en la red social X que lo improcedente era la apelación de los hermanos Espaillat, pese a haber señalado ante periodistas que, desde su criterio como abogada, la legislación dominicana no admitía esa figura jurídica.

“Lo único que no va a proceder y que, por tanto, es improcedente para mí, es la apelación a la decisión de variación de la calificación jurídica en el caso Jet Set”, escribió la magistrada.

Su aclaración posterior colocó el foco de la controversia en el recurso que presentó la defensa de Antonio y Maribel Espaillat contra la decisión que cambió la calificación de los hechos, de homicidio involuntario a homicidio por dolo eventual.

No obstante, en su intercambio con la prensa Ramos había manifestado dudas sobre esa figura jurídica y había separado su opinión profesional de su satisfacción personal con la decisión adoptada.Rosalba Ramos afirma que, como abogada, entiende que no hay dolo eventual en el caso Jet Set

“Como abogada, siempre he entendido que no había dolo eventual porque nuestra legislación no lo toleraba”, declaró.

La respuesta surgió a partir de una pregunta sobre cómo justificaba el dolo eventual en este proceso.

“Bueno, miren, mi opinión, si yo te doy mi opinión como abogada es una y como persona es otra”, comenzó diciendo la fiscal.

Luego expuso su lectura jurídica y reconoció que, en el plano personal, estaba complacida con el cambio de calificación.

“Ahora, como persona, realmente me siento hasta contenta de que haya existido el cambio de calificación, pero como jurista tengo que ser objetiva, tengo que ser sensata”, añadió.

Ramos indicó además que el caso resultaba especialmente delicado por el número de víctimas y por las emociones que rodean el proceso.

Respecto al recurso, la fiscal admitió en su publicación en X que los imputados tienen derecho a impugnar la decisión, aunque consideró que la apelación no debe prosperar porque el tribunal que conocerá el juicio ya está apoderado del caso.

“Aunque dicha apelación es un derecho que les asiste a los imputados y forma parte de la estrategia de su defensa, entiendo que no procede, toda vez que el Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional ya se encuentra apoderado del proceso”, escribió.

Esa explicación no abordó de manera directa su afirmación previa sobre la incompatibilidad del dolo eventual con la legislación dominicana.

En el mismo mensaje, Ramos manifestó confianza en el criterio del juez Franny González Castillo, quien dispuso la modificación.

“En cuanto a la decisión del magistrado Franny González Castillo, considero que, dada su trayectoria y experiencia, pudo identificar, durante la valoración de las pruebas que le fueron presentadas, elementos que lo llevaron a modificar la calificación jurídica de los hechos”, señaló.

Durante sus declaraciones a la prensa, Ramos también fue consultada sobre si la controversia podía llevar al fracaso del proceso judicial.

“No, no se va a caer, porque eventualmente ya las tres juezas que van a conocer el proceso en el Primer Tribunal Colegiado tendrán la oportunidad de valorar la prueba”, respondió.

Agregó que las magistradas podrán emitir su decisión independientemente de que la calificación definitiva sea homicidio involuntario o dolo eventual.

“Ellas van a poder tomar una decisión, eso no va a afectar en lo absoluto”, afirmó.