APUNTE.COM.DO.- Los abogados de Antonio y Maribel Espaillat López presentaron un recurso de apelación contra la resolución que varió la calificación jurídica del caso por la tragedia del Jet Set, al entender que esa decisión contraviene el principio de legalidad penal y otras garantías consagradas en la Constitución dominicana.
En el escrito, la defensa pidió revocar y anular la Resolución núm. 042-2026-TRES-00048, emitida el 15 de octubre de 2026 por la Cuarta Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, la cual cambió la calificación de homicidio y golpes y heridas involuntarios por la de homicidio y golpes y heridas voluntarios, bajo la figura del dolo eventual.
La modificación de la calificación fue solicitada por partes querellantes, sin que el Ministerio Público respaldara esa petición. La defensa objetó tanto el sustento jurídico de la decisión como el procedimiento que empleó el tribunal para adoptarla.
Los recurrentes afirmaron que el principio de legalidad es una garantía fundamental del Estado de derecho, pues obliga a que toda persona conozca de antemano, mediante una ley previa, clara y precisa, qué conductas están penalmente prohibidas y cuáles son las consecuencias de cometerlas.
En ese sentido, criticaron que la decisión judicial acuda a una construcción elaborada por la doctrina jurídica para atribuir al Código Penal un alcance que, según los recurrentes, el legislador no estableció.
Los abogados recordaron que la ley penal se interpreta de forma estricta, salvo cuando la interpretación beneficia al imputado, y advirtieron que las construcciones doctrinales, aunque aportan al desarrollo del derecho, no pueden reemplazar la voluntad del legislador ni servir para ampliar la responsabilidad penal de los ciudadanos.
Como ejemplo, señalaron que el nuevo Código Penal contempla de manera expresa las muertes causadas por negligencia, incluso cuando hay conocimiento de sus posibles consecuencias, así como disposiciones específicas para establecimientos comerciales y lugares de espectáculos donde se producen fallecimientos por incumplimientos de obligaciones de seguridad.
Para la defensa, esa regulación confirma que corresponde al legislador, y no a las construcciones doctrinales usadas para extender el alcance de una norma penal, definir las conductas sancionables y sus consecuencias. Todo ello sin perjuicio del principio constitucional de retroactividad de la ley penal cuando favorece al imputado, cuya aplicación depende de las disposiciones concretas y de las circunstancias del caso.
La defensa explicó que la admisibilidad del recurso se apoya en precedentes de la Suprema Corte de Justicia que reconocen, en determinadas circunstancias excepcionales, la posibilidad de apelar decisiones distintas de las sentencias condenatorias o absolutorias.
Según los abogados, en este caso concurren dos fundamentos independientes: la declaración de incompetencia que desapoderó al tribunal del conocimiento del juicio y las alegadas vulneraciones de derechos fundamentales.
En estos casos, corresponderá a la Corte de Apelación examinar la admisibilidad del recurso y los argumentos presentados.
El recurso también denunció que el tribunal hizo pronunciamientos anticipados sobre la responsabilidad penal de los procesados cuando aún no había terminado la presentación de las pruebas de la acusación ni había comenzado la de la defensa.
De acuerdo con los recurrentes, la resolución llegó a declarar probada la teoría de la acusación respecto de delitos dolosos, lo que afecta la presunción de inocencia y las garantías de un juicio imparcial.
Asimismo, la defensa cuestionó el procedimiento usado para variar la calificación jurídica, al considerar que el tribunal aplicó indebidamente los artículos 327 y 328 del Código Procesal Penal. Explicó que el primero permite advertir sobre una posible calificación no considerada por las partes, pero no decidir anticipadamente una variación que ya había sido planteada y rechazada en la etapa preliminar; mientras que el segundo regula supuestos vinculados a hechos o circunstancias nuevos surgidos durante el juicio, inexistentes en este caso.
A esas irregularidades se suma que, según el recurso, el tribunal permitió intervenciones de réplica a las partes acusadoras, pero luego cerró el debate sin conceder a la defensa la correspondiente contrarréplica ni permitir a los imputados ejercer su defensa material sobre la solicitud. Los abogados consideran que esas actuaciones afectaron la igualdad entre las partes, el principio de contradicción y el derecho de defensa.
La defensa reiteró que estos cuestionamientos no buscan desconocer la magnitud de la tragedia ocurrida en el Jet Set, sino garantizar que el proceso se desarrolle con estricto respeto a la Constitución, a las leyes y a las garantías fundamentales que deben observarse en todo proceso penal.
Además, solicitó a la Corte de Apelación revocar y declarar nula la resolución impugnada y disponer la continuación del proceso bajo la calificación jurídica de homicidio y golpes y heridas involuntarios, conforme al auto de apertura a juicio, ante un tribunal unipersonal distinto del que dictó la decisión recurrida.