APUNTE.COM.DO.- El Senado de la República aprobó este miércoles, en dos lecturas consecutivas y mediante un procedimiento de urgencia, un proyecto de ley que busca que el nuevo Código Penal se aplique a las empresas a partir de 2028 y no de forma inmediata, como ocurre con las personas físicas. La pieza legislativa no pasó por el proceso habitual de estudio en comisiones.
La iniciativa es de la autoría del senador Rafael Barón Duluc y recibió 21 votos a favor, luego de haber permanecido menos de un mes en la lista de iniciativas del Senado.
Antes de la aprobación, el senador Duluc y el presidente del Senado, Ricardo de los Santos, sostuvieron que resulta injusto que el nuevo Código Penal se aplique de inmediato a las empresas, al argumentar que las compañías requieren tiempo para adaptarse al nuevo régimen.
El nuevo Código Penal, promulgado en 2025, dispone que la ley penal se aplicará a las empresas a partir del 5 de noviembre de este año. No obstante, si el proyecto aprobado por el Senado es aceptado y promulgado por el Poder Ejecutivo, el nuevo Código Penal regiría para las empresas a partir de 2028.
En sus argumentos, el proponente señala que la responsabilidad penal de las empresas implica que las compañías adopten políticas de prevención, supervisión, programas de cumplimiento, mecanismos disciplinarios y otros procedimientos que requieren tiempo. Duluc explicó, además, que otras compañías cobran hasta 20,000 dólares a las empresas para instalar sistemas de prevención y supervisión.
El proyecto sostiene que el diferimiento a favor de las empresas no afecta la entrada en vigor de los demás artículos del Código Penal, que ya se aplican desde agosto de este año. «Esta entrada en vigencia se hace para evitar lagunas, contradicciones o interpretaciones jurídicas fragmentadas», indica la pieza aprobada.
De acuerdo con el nuevo Código Penal, las empresas, al igual que las personas, también podrían enfrentar consecuencias penales si cometen infracciones relacionadas con falta de supervisión, controles técnicos o deficiencias.
El artículo ocho del nuevo Código Penal establece que las empresas podrán ser penalmente responsables por actos u omisiones de sus órganos, representantes o subordinados realizados en su representación.
Aunque la empresa no sea directamente responsable de la acción de un empleado, el nuevo Código Penal dispone que la justicia debe revisar quién supervisó al empleado, sus capacitaciones, los posibles protocolos que se violaron y los controles para detectar irregularidades.
Asimismo, el nuevo Código Penal contempla responsabilidad empresarial por muertes provocadas por torpeza, imprudencia, inadvertencia o negligencia.
El proyecto pasa ahora a la Cámara de Diputados para su estudio y posible aprobación, tras cumplir un plazo expedito en el Senado.