APUNTE.COM.DO.- El Tercer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional rechazó la recusación que había presentado el Ministerio Público contra la jueza Ailin Ventura, quien en su voto disidente había considerado que correspondía declarar la extinción de la acción penal en el caso Calamar.
El tribunal, integrado también por Leticia Martínez Noboa y Evelyn Rodríguez, dispuso que los fiscales de la Dirección de Persecución del Ministerio Público y de la Procuraduría Especializada contra la Corrupción Administrativa (PEPCA) comenzaran la lectura formal de la acusación, diligencia que el ministerio público realiza en ese momento.
Previamente, Mirna Ortiz, titular de la PEPCA, había presentado la recusación contra la jueza al entender que esta ya emitió criterio sobre el fondo del proceso en lo relativo a la extinción de la acción penal que el tribunal mantiene pendiente de juzgar.
La recusación formal contra la jueza Ailín Ventura se sustentó en el artículo 80 del Código Procesal Penal, que contempla como causal de recusación "cualquier otra causa, fundada en motivos graves, que afecte la imparcialidad o independencia" del juzgador.
Según explicó la procuradora de corte, el pasado lunes el tribunal resolvió distintos recursos vinculados a una solicitud de extinción de la acción penal en el proceso. Aunque por mayoría los jueces rechazaron dicha solicitud, la magistrada Ventura hizo constar su desacuerdo, señalando que, a su juicio, el proceso se encontraba extinguido por vencimiento del plazo máximo de duración establecido en la normativa procesal.
Para el Ministerio Público, esa posición expresada antes de conocer el fondo del caso coloca a la jueza en una situación de prejuzgamiento que le impediría valorar con objetividad las pruebas y los argumentos de las partes, así como examinar la responsabilidad penal de los imputados con la imparcialidad exigida a todo juez natural.
"Si a su juicio el proceso ya se encuentra extinguido, ese razonamiento conduce a que cualquier ejercicio de valoración probatoria carezca de objeto, pues para ella el proceso ya está muerto", argumentó la representante del Ministerio Público durante la audiencia.
Ortiz añadió que la magistrada también hizo referencia a otros procesos de naturaleza similar en los que el tribunal en pleno había declarado previamente la extinción, lo cual a su entender refuerza la existencia de un criterio ya formado sobre la materia en discusión.
Con base en estos señalamientos, Mirna solicitó formalmente que la magistrada Ailín Ventura sea apartada del conocimiento del proceso, al considerar que el caso debe ser juzgado por jueces que lo aborden sin prejuicios previos sobre las cuestiones que serán objeto de debate.
Se recuerda que el tribunal rechazó las solicitudes de extinción de la acción penal presentadas por las defensas de varios imputados en el Caso Calamar, al estimar que el plazo máximo de duración del proceso aún no se ha cumplido.
La decisión, adoptada por mayoría, contó con el voto disidente de la presidenta del tribunal, Ailin Ventura, mientras que las magistradas conformaron la mayoría que negó los pedidos formulados por las defensas de Ángel Lockward, Claudio Silver Peña, Juan Tomás Polanco Céspedes, Agustín Mejía Ávila, Ramón David Hernández, Yahaira Brito Evangelista y Santiago Moquete Ortiz.
En el caso figura además como acusado el exministro de Haciendas, Donald Guerrero, principal implicado en el caso Calamar.