APUNTE.COM.DO.- El nuevo director general de la Policía Nacional, mayor general Ernesto Rodríguez García, ha iniciado su gestión con una medida de control interno: solicitó formalmente a los comandantes la entrega de sus declaraciones juradas de bienes. La petición fue realizada el pasado 22 de agosto a través de un memorándum que fija un plazo de 30 días, el cual vence el próximo 20 de septiembre.
De acuerdo con la comunicación número 30267, firmada por el mayor general, los directores centrales, regionales y de áreas de la institución deben presentar el documento ante la Cámara de Cuentas de la República Dominicana (CCRD). Quienes no cumplan serán inmediatamente destituidos y enfrentarán sanciones como multas o la privación del salario correspondiente.
Al ser cuestionado por periodistas el miércoles, Rodríguez García indicó que están a la espera de que los miembros de la Policía acojan la petición. “Eso está establecido, nosotros somos empleados públicos. Eso va en proceso, (estamos) esperando que, en base (al memorando) todas van a cumplir con eso”, declaró el funcionario, quien fue juramentado el pasado 17 de agosto.
La declaración jurada consiste en un inventario de bienes autenticado por un notario público, que deben entregar los funcionarios que integran las direcciones de las entidades estatales. La Ley 312-14 establece que el jefe y subjefe de la Policía Nacional, los encargados departamentales y regionales, así como los oficiales en posiciones de mando, están obligados a cumplir con esta disposición.
Los empleados públicos deben reportar sus bienes y los de la comunidad conyugal, incluyendo ingresos, cuentas bancarias, participación accionaria en empresas y descripción de inmuebles. El exdirector de la Policía, Andrés Modesto Cruz Cruz, y su equipo también deberán presentar su declaración jurada, según lo estipulado para funcionarios que cesen en el cargo.
La Ley 312-14 señala que la omisión o el incumplimiento de la declaración constituye una falta de tercer grado, sancionada con la destitución inmediata, tal como lo establece la Ley 41-08 de la Función Pública. Además, la Ley 590-16 contempla otras faltas relacionadas, como la desobediencia a superiores jerárquicos o la infracción grave de deberes inherentes al cargo. Estas faltas graves pueden implicar suspensión sin sueldo de hasta 30 días, pérdida del derecho de ascenso por un año o multas de diez salarios mínimos.
El inspector general de la Policía, Martín Miguel Tapia, junto con los superiores inmediatos, será responsable de aplicar las sanciones correspondientes.