EL NUEVO DIARIO, SANTO DOMINGO. – Con la entrada en vigencia del nuevo Código Penal este lunes 3 de agosto, juristas consultados por El Nuevo Diario ofrecen dos visiones opuestas sobre la normativa: mientras unos la consideran “un gran avance” para actualizar el sistema penal dominicano, otros advierten que es un “Frankenstein jurídico” que podría generar tensiones y afectar derechos fundamentales.
La legislación, que reemplaza el Código Penal de 1884, introduce nuevas figuras delictivas para enfrentar modalidades criminales no contempladas en el texto anterior, pero llega sin el consenso que durante décadas acompañó los intentos de reforma penal.
Los abogados Luis Yépez Suncar, Miguel Valerio, Félix Portes, Amadeo Peralta, Valentín Medrano y Many Sierra analizaron los alcances, implicaciones y desafíos del nuevo Código Penal.
Para el abogado Luis Yépez Suncar, la vigencia del nuevo Código significa “el inicio de una nueva etapa en la vida punitiva de la República”, al incorporar conductas que antes no podían perseguirse por no estar previstas en la ley. Recordó el principio de nulla poena sine lege y nullum crimen sine lege: nadie puede ser castigado por una conducta que no estuviera tipificada previamente. “Hasta tanto una conducta no estuviera tipificada, no podía ser castigada”.
En la misma línea, el penalista Miguel Valerio consideró que la reforma responde a la transformación de la criminalidad dominicana frente a la realidad del siglo XIX. “Evidentemente el Código Penal es un gran avance y es mucho mejor que lo que teníamos, porque la criminalidad del siglo XXI no era la del siglo XIX”.
Félix Portes calificó la entrada en vigencia como “un hecho histórico” y señaló que el país pasa de una normativa con más de un siglo a un texto diseñado para los desafíos actuales. “El país gana una arquitectura penal más coherente y actual, y al mismo tiempo hereda tensiones no resueltas que la propia comisión de seguimiento tendrá que trabajar. Entramos, más que a un punto de llegada, a una etapa de rodaje”, expresó.
Entre los argumentos a favor está la incorporación de figuras como delitos informáticos, estafas con activos digitales, manipulación de imágenes mediante inteligencia artificial, sicariato, desaparición forzada, violencia económica y otras conductas del escenario criminal actual.
Miguel Valerio destacó avances como la inclusión de delitos relacionados con activos digitales, falsedad en documentos electrónicos, estafas con criptomonedas, estafas inmobiliarias y abuso policial. “Por ejemplo, el abuso policial tampoco se encontraba tipificado y ahora está”. También resaltó la regulación de las estafas inmobiliarias, por las dificultades que tenían los tribunales para perseguirlas bajo la estafa tradicional.
Félix Portes mencionó como aportes el feminicidio, el sicariato, la desaparición forzada, los crímenes de lesa humanidad, la violencia económica, el hostigamiento cibernético, las estafas piramidales, la manipulación de imágenes mediante IA y la instigación al suicidio. También organizó figuras que estaban dispersas en leyes especiales y actualizó la teoría del delito.
Yépez Suncar sostuvo que el principal beneficio es perseguir conductas que antes quedaban fuera por falta de tipificación, aunque aclaró que crear nuevos delitos no implica por sí solo una reducción de la criminalidad.
La posición crítica la defiende el abogado Amadeo Peralta, quien afirma que el país aún no dimensiona el alcance de la ley. “El país debe saber lo que trae este código. Con este código hay gente que va a caer presa y no va a saber por qué está presa”. Consideró que la capacidad institucional del Estado será insuficiente y que organismos como la Dicat, el Ministerio Público, el Poder Judicial y el sistema penitenciario necesitarán más recursos. “El Gobierno tendrá que aumentar significativamente el presupuesto de esas instituciones porque no van a dar abasto”.
Varios juristas coinciden en que el régimen de acumulación de penas es uno de los aspectos más preocupantes. Luis Yépez Suncar entiende que permitir condenas de hasta 60 años contradice el objetivo constitucional de la pena, que busca rehabilitación y reinserción social. “La finalidad de las penas es la rehabilitación y la reinserción social del delincuente”. “Si una persona comete un delito a los 18 años y es condenada a 60 años de prisión, saldrá con 78 años. ¿Dónde queda entonces