Será este lunes 3 de agosto de 2026 cuando oficialmente entrará en vigencia el nuevo Código Penal de la República Dominicana, un marco jurídico adaptado a las nuevas modalidades delictivas y a las necesidades actuales del país, al concluir el período de vacatio legis de 12 meses establecido por la Ley 74-25.

Con la entrada en vigor del nuevo Código Penal, el país sustituirá oficialmente la legislación penal que rigió desde 1884, durante más de 140 años, incorporando nuevas figuras delictivas, actualizando y endureciendo el régimen de sanciones para diversos crímenes y fortaleciendo el marco jurídico frente a delitos modernos.

El presidente Luis Abinader promulgó el pasado 27 de julio las modificaciones al Código Penal aprobado en el Congreso Nacional, mediante el Decreto núm. 507-26, con el que también creó la Comisión de Seguimiento y Socialización.

Entre los principales cambios en la pieza se encuentran el aumento de la pena máxima de prisión, que pasó de 30 a 40 años y podrá llegar hasta 60 años por acumulación de condenas.

También están el feminicidio, el cual queda tipificado como un delito autónomo, y el sicariato como delito específico. Asimismo establece sanciones para los ataques con sustancias corrosivas y se fortalecen las penas contra la corrupción administrativa, el crimen organizado, la trata de personas y el terrorismo.

Además fueron incorporados delitos como el ciberacoso, el chantaje con contenido íntimo (incluidos los deepfakes), el fraude piramidal y la desaparición forzada.

Durante el período de vacatio legis varios sectores expresaron rechazo a varios artículos del Código Penal, entre ellos el relativo a la difamación.

En ese sentido, la pieza fue sometida a un proceso de reforma, en que fueron realizadas 32 modificaciones.

Dentro de las reformas penales se resaltan los artículos que tratan sobre la responsabilidad penal de las personas jurídicas y el relativo a la extensión de dicha responsabilidad penal; los daños por aplicación de sustancias químicas; el hostigamiento tanto agravado como cibernético y la violencia doméstica o intrafamiliar.

Otros artículos modificados son los relativos al exhibicionismo sexual, acoso agravado, auto secuestro, discriminación, proxenetismo, difusión ilícita de contenido íntimo o reservado; perjurio, difamación, difamación extorsiva y los actos considerados no difamatorios o injuriosos.

Además, se incluyeron cambios en los artículos sobre el abandono de niños, niñas y adolescentes; referente al abandono agravado de menores; la bancarrota simple; violación de propiedad; malversación de fondos públicos; ultraje en el ámbito jurisdiccional; y, finalmente, el referente a la certificación falsa del estado de salud.

Una comisión dará seguimiento

Mediante el Decreto núm. 507-26, el presidente Luis Abinader creó la Comisión de Seguimiento y Socialización, la cual tendrá como objetivo organizar el proceso de socialización, educación y concienciación sobre el nuevo Código Penal, así como estudiar y analizar las posibles mejoras derivadas de su implementación.

La Comisión de Seguimiento y Socialización del Código Penal estará integrada, con carácter honorífico, por las siguientes personalidades: Milton Ray Guevara, quien la presidirá; Leyda Margarita Piña Medrano, Julio César Castaños Guzmán, Pedro Balbuena, Ricardo Rojas León, Luz Díaz, José Lorenzo Fermín, Eduardo Jorge Prats, Alejandro Moscoso Segarra, Persio Maldonado y Aníbal de Castro.Google