APUNTE.COM.DO | SANTO DOMINGO, REPÚBLICA DOMINICANA.–El nuevo Código Penal dominicano, cuya entrada en vigor está prevista para agosto, tipifica como delito las relaciones sexuales no consentidas dentro de una relación de pareja, incluyendo el matrimonio, estableciendo penas de 10 a 20 años de prisión mayor y multas de RD$200,000 a RD$300,000.

La disposición está contenida en el artículo 135, denominado "Actividad sexual no consentida en el contexto de una relación de pareja", el cual dispone que toda persona que obligue a su pareja a sostener una relación sexual sin su consentimiento podrá ser procesada y condenada penalmente.

La norma reconoce que el consentimiento constituye un requisito indispensable en toda relación sexual, independientemente de que exista un vínculo matrimonial o una unión de hecho. En consecuencia, el matrimonio no elimina el derecho de cada persona a decidir libremente sobre su cuerpo ni constituye una autorización permanente para mantener relaciones sexuales.

Con esta reforma, la legislación dominicana incorpora una figura penal que busca reforzar la protección de la libertad e integridad sexual dentro de la pareja, en consonancia con principios modernos del derecho penal y de los derechos humanos.

Especialistas consideran que la aplicación de esta disposición requerirá investigaciones rigurosas y un estricto respeto al debido proceso, dada la naturaleza de los hechos que podrían ser sometidos al conocimiento de los tribunales.

Comentario de Ramiro Estrella, periodista y abogado, director ejecutivo de APUNTE.COM.DO:

La inclusión del artículo 135 representa uno de los cambios de mayor trascendencia del nuevo Código Penal. Su finalidad es dejar claramente establecido que el consentimiento sigue siendo un requisito esencial en toda relación sexual, incluso dentro del matrimonio o de una unión de pareja.

El reto para el sistema de justicia será aplicar esta disposición con absoluto equilibrio, garantizando la protección de las víctimas cuando exista una agresión sexual, pero también preservando derechos fundamentales como la presunción de inocencia, el debido proceso y la valoración objetiva de las pruebas. La correcta interpretación de esta norma será determinante para evitar tanto la impunidad como las acusaciones infundadas.

La entrada en vigor del nuevo Código en agosto marcará una nueva etapa para el sistema de justicia penal dominicano, que enfrentará el reto de aplicar una legislación más amplia y adaptada a las exigencias actuales de protección de los derechos fundamentales, pero cabe anotar que,en la práctica, la aplicación de esta disposición dependerá del texto definitivo promulgado, su entrada en vigor y de la interpretación que realicen los tribunales dominicanos conforme al debido proceso y las garantías constitucionales