APUNTE.COM.DO, Santo Domingo. -Tras años de litigio, Nelson Odalis Soriano logró que el Tribunal Constitucional ordenara levantar el bloqueo de sus productos financieros, impuesto en 2019 sin orden judicial. En la sentencia TC/0952/25, el alto tribunal determinó que la medida carecía de base legal y vulneró el derecho de propiedad.
Soriano acudió sin éxito a la Superintendencia de Bancos y al Tribunal Superior Administrativo, que inicialmente rechazó su amparo. Sin embargo, el TC revocó esa decisión en octubre de 2025 y calificó como “manifiestamente arbitrarias” las actuaciones del banco y del ente supervisor.
Aunque el Ministerio Público investigaba al ciudadano y contaba con autorización judicial para acceder a información financiera, el TC aclaró que dicha autorización no implicaba la inmovilización de fondos. La sentencia sienta un precedente al advertir sobre abusos derivados de la aplicación indiscriminada de medidas de prevención de lavado de activos.