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Santo Domingo, República Dominicana.- La magistrada Kenya Scarlet Romero, coordinadora de los Juzgados de la Instrucción del Distrito Nacional, dispuso este martes una medida de coerción de 18 meses contra los 20 imputados por la denominada Operación Calamar, pero solo Donald Guerrero y José Ramón Peralta, fueron enviados a cumplirlo en una cárcel, mientras que al ex ministro de Obras Públicas y pasado candidato presidencial del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), Gonzalo Castillo, y los restantes del grupo le impusieron arresto domiciliado.
Gonzalo Castillo en adicion al arresto domiciliario, tiene impedimento de salida del país sin autorización judicial, presentación periódica y garantía económica de 20 millones de pesos en la modalidad de contrato.
Guerrero y Peralta deberán cumplir la medida privativa de libertad en el Centro de Corrección y Rehabilitación Najayo Hombres, imposición revisable cada tres meses.
Mientras que al ex contralor general de la República, Daniel Omar Caamaño, el tribunal le impuso impedimento de salida y fianza de tres millones de pesos; al exdirector del Consejo Estatal del Azúcar (CEA), Luis Miguel Piccirilo, arresto domiciliario, impedimento de salida y garantía económica de tres millones en efectivo; al exdirector de Catastro Nacional, Claudio Silver Peña, arresto domiciliario e impedimento de salida; y al economista Ángel Lockward las mismas medidas y garantía económica de siete millones de pesos en efectivo.
Asimismo, a los exdirectores de Casinos y Juego de Azar, Oscar Chalas Guerrero y Julián Omar Fernández, al igual que las demás personas imputadas Aldo Antonio Gerbasi, Alejandro Antonio Constanzo Sosa, Roberto Santiago Moquete Ortiz, Ramon David Hernández, Yahaira Brito Encarnación, Marcial Reyes, Emir José Fernández de Paola, Oscar Arturo Chalas Guerrero, Julián Omar Fernández Figueroa, Agustín Mejía Ávila y Víctor Matías Encarnación, le fueron impuestas medidas de coerción consistentes en prohibición de salida del país sin autorización judicial, arresto domiciliario y prestación de garantías económicas, respectivamente.
En cuanto al señor Rafael Parmenio Rodríguez, le fueron impuestas la presentación periódica y prohibición de salida del país sin autorización judicial.
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