SANTO DOMINGO.- Fueron declarados de utilidad pública y de interés social para adquisición los terrenos ubicados en una franja de terreno de 14.3 kilómetros para la construcción de la línea 2 del Teleférico.

Mediante el decreto 51-19, el presidente Danilo Medina especifica que, en caso de que existan estructuras bajo el sistema de cable del Teleférico, estas construcciones no podrán superar la altura que tengan en este momento. En caso de nuevas construcciones, no podrán superar los siete metros de altura.

Las edificaciones de tres niveles (aproximadamente 9.5 metros de altura), serán limitadas en el acceso a sus techos, para evitar interferencia con el funcionamiento del metrocable.

En su artículo 14 el decreto establece que las estaciones de expendio de gas licuado de petróleo o gas natural deberá ser construidas a una distancia mínima de 700 metros de las estaciones y torres del Teleférico.