28/07/2013

Hace casi tres meses que la sociedad dominicana, sobre todo la comunidad de Santiago, fue impactada al enterarse de que un cura oriundo de Polonia, había violado al menos 14 menores en el Distrito Municipal de Juncalito.

Usando probablemente un nombre y documentos falsos, el sacerdote  Wojciech Alberto Gil logró logró abandonar el país, para evitar ser sometido a la Justicia por este bochornoso caso.

Debido a que entre la República Dominicana y Polonia no existe un tratado de extradición, el Ministerio Público, en la persona del Procurador General de la República, doctor Francisco Domínguez Brito, prometió usar cuantos recursos estuvieran a su disposición, a fin de solicitar la declaración de estado de rebeldía del imputado en los tribunales dominicanos, lo que facilitaría que Alberto Gil sea enviado al país, para que responda por los cargos que se les atribuyen, pero su actitud ha sido la de guardar silencio.

Se recuerda por demás, que a raíz del conocimiento, la Fiscalía de Santiago dijo que se encontraba a la espera de una certificación por parte de la Dirección General de Migración sobre la salida y no retorno del sacerdote, pero de estos esfuerzos nada se sabe, extrañamente a varios meses de haberse producido la solicitud.

Un viejo refrán dice que quien calla otorga, por lo que el mantener silencio sobre este bochornoso caso, en nada ayuda a las autoridades, y por el contrario dejan un gran margen para la sospecha de los interesados..

Lo más conveniente sería que expliquen en qué va todo el proceso con Wojciech Alberto Gil, porque de lo contrario, los dominicanos deseosos de un cambio en el accionar de la Justicia, pensarían con su justa razón, que el mismo quedará en la impunidad como ha ocurrido con otros tantos casos, donde quienes infringen la ley no reciben el debido castigo, porque el Poder cuando no quiere sancionar al o los culpables de violar la Ley, guarda silencio para dejarlo en la impunidad.

Ojalá que este no sea uno de esos casos que suceden en  nuestra justicia dominicana.

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02 de julio 2013

Editorial

Tres directores de medios y la Fundación Prensa y Derecho han pedido al Tribunal Constitucional anular varios artículos de la Ley 6132 de Expresión y Difusión del Pensamiento y del Código Penal, que establecen penas de prisión para los delitos de prensa y atribuyen responsabilidad a los directores de medios de hechos de un tercero.

Mediante una acción directa de inconstitucionalidad los ejecutivos de medios solicitaron al TC declarar nulos los artículos 30 hasta el 40 de la referida Ley, y tomar esa misma decisión respecto a  los artículos 368 al 372 del Código Penal Dominicano, que disponen pena de prisión correccional para los delitos de difamación  e injuria.

Sustentan sus reclamos en el entendido de que los referidos artículos son violatorios a la Constitución de la República y a la Convención Americana de los Derechos Humanos.

Estableciendo una posición diferida, en el caso de los artículos 46, 47 y 48, su pedido de ser declarado contrario a la Carta Magna no es de justicia, si se corresponde con la realidad de los medios de comunicación, por lo que la responsabilidad de los que en ellos se escriba debe recaer siempre en los directores de medios.

En consecuencia, los periodistas son simple empleados y los que escriben día a día, primero son ordenados por sus superiores, y luego están sujetos a correcciones de pruebas y estilo, del Jefe de redacción, subdirector, editor, información y de otros ejecutivos, entre los que está incluido el director del medio, quienes determinan la forma en que la información puede o no ser publicada.

Nos sumamos al justo reclamo del Colegio Dominicano de Periodistas (CDP), al Tribunal Constitucional para que no tome en cuenta la solicitud de esos tres directores de medios de comunicación, en declarar inconstitucional esos artículos.

En lo que sí podría tomarse en cuenta para fines de una posible sanción contra los periodistas es cuando se trate de un artículo de opinión, donde los directores bien que podrían alegar responsabilidad de un tercero.

Pero tienen sobrada razón esos directores y cuentan con nuestro incondicional respaldo, en la parte donde demandan declarar inconstitucional los artículos de la Ley 6132 y del Código Penal Dominicano que penaliza los delitos de prensa.

En el Congreso Nacional se encuentra en estudio una reforma o modificación a la Ley 6132 y del Código Penal Dominicano, y ha de esperarse que sean eliminadas las penas a los llamados delitos de prensa, y que en cambio sean establecidas sanciones civiles.

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EDITORIAL
1ro de junio 2013

Tras mí salida de El Nuevo Diario, empresa donde trabajé por casi 27 años, me embarco en este proyecto del periódico digital apunte.com.do

Además del interés económico que pudiera motivarme con la puesta en marcha de este proyecto, con cada nota editorial u opinión y asumo el compromiso de hacer planteamientos dirigidos a solucionar problemas que perturben al país o al conglomerado internacional, por tratarse de un medio que puede circular en todo el mundo.

Y como una sola golondrina no hace verano,  para alcanzar el éxito, trabajaremos de manera conjunta con el personal que estará involucrado en esta incipiente empresa.

Consciente de que los medios de comunicación no deben ser usados para dañar reputaciones, unos de sus propósitos será el de servir de canal para divulgar quejas, necesidades e inquietudes de los distintos sectores nacionales o internacionales, a fin de que las mismas sean tomadas en cuenta por estamentos de poder con capacidad para resolverlas.

Apunte. com.do, estará siempre de manera desinteresada al servicio de los más sanos intereses en el campo nacional e internacional.

Espero contar con la colaboración de familiares, amigos, colegas y relacionados, y del apoyo económico de representantes de empresas e instituciones publicas y privadas, a través de la inclusión de nuestro medio de comunicación en sus capítulos de publicidad.

Dios me guiará por un puerto seguro con apunte.com.do, un nuevo reto en mi vida que asumo con toda la responsabilidad que el mismo conlleva.